Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La exención del artículo 7.j) de la LIRPF requiere que las becas sean públicas y para cursar estudios reglados del sistema educativo. Esto implica que la formación debe formar parte de un plan de estudios conducente a la obtención de un título oficial (Grado, Máster o Doctorado). Las ayudas para preparación de procesos selectivos o prácticas no integradas en el plan de estudios no gozan de la exención.
La posición de la DGT se mantiene constante en la exigencia de que los estudios sean reglados y conducentes a un título oficial. A lo largo de las consultas, se ha reafirmado que las prácticas o ayudas que no forman parte del plan de estudios oficial tributan como rendimientos del trabajo. No se observan cambios de criterio, sino una aplicación reiterada de la norma.
Análisis basado en 49 de 50 consultas con criterio disponible. Actualizado 18 de septiembre de 2026.