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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre capital diferido

32 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «capital diferido», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 26 consultas · 2014–2024

Criterio vigente

El rendimiento del capital mobiliario se determina por la diferencia entre el capital percibido y las primas satisfechas. En seguros colectivos que instrumentan compromisos por pensiones, la prestación tiene la consideración de rendimiento del trabajo. Para contratos suscritos antes de 1999, se aplica la reducción de la disposición transitoria cuarta de la LIRPF sobre las primas pagadas antes de 1995, siempre que se cumplan los límites de capital establecidos.

La posición de la DGT se mantiene estable en la determinación del rendimiento como la diferencia entre capital y primas. La evolución muestra una distinción clara entre el tratamiento de seguros individuales como rendimientos del capital mobiliario y los seguros colectivos de pensiones como rendimientos del trabajo. No se observan cambios en la aplicación de las disposiciones transitorias para contratos antiguos.

Puntos de inflexión

  1. V1961-22

    Establece que la prestación de un seguro colectivo de capital diferido que instrumenta compromisos por pensiones tiene la consideración de rendimiento del trabajo.

Análisis basado en 26 de 26 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.

32 consultas

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