Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La calificación de una actividad como empresarial o profesional depende de la asunción del riesgo y ventura. Si el intermediario asume dicho riesgo, los rendimientos se consideran de actividades económicas, incluso si la labor es puntual o aislada. En caso contrario, si no hay riesgo, la actividad se califica como profesional.
La posición de la DGT ha evolucionado desde criterios específicos sobre exenciones y retenciones hacia una definición centrada en la asunción del riesgo y ventura para distinguir actividades empresariales de profesionales. Las consultas más recientes (V0443-23 y V5299-26) consolidan que el factor determinante es el riesgo, independientemente de la puntualidad de la labor.
Puntos de inflexión
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Establece que la autopublicación de un libro por su creador califica como rendimientos de actividades económicas al no existir una cesión de derechos a un tercero.
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Clarifica que la labor de intermediación puede ser actividad económica incluso si es puntual y aislada, siempre que se asuma el riesgo y ventura.
Análisis basado en 42 de 45 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.