Estrategia
M&A, mercados de capitales y asesoramiento estratégico para operaciones transformadoras.
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Fiscal
Estructuración, planificación y cumplimiento fiscal multijurisdiccional.
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Plazo del 1 de enero al 31 de marzoModelo 720 y 721
El plazo termina el 31 de marzoHacienda, plazos y apoderamientos. Nuestro equipo prepara, presenta y responde.
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Legal
Asesoramiento jurídico integral para proteger e impulsar sus intereses empresariales.
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Guías nuevas sobre los cambios fiscales y de extranjería más recientes.
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Todo lo que hace BMC One
Cada capacidad lleva a su área. Parcial: funciona una parte; el detalle, en la página del área.
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¿Cuántos trabajadores activos tenemos y con qué convenio y tipo de contrato?
Da de alta a estos tres trabajadores con su DNI, número de Seguridad Social y fecha de inicioQuedan en BMC One; a la Seguridad Social no se comunica nada.
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Cada plazo de Hacienda, a la vista
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¿Qué modelos nos tocan este trimestre y cuáles están ya presentados?
Cambia el domicilio fiscal de la ficha a Calle Muestra 5, MadridCambia la ficha en BMC One; ante la AEAT no cambia nada.
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Cada fase, con su estado y su fecha
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¿Qué documentos siguen pendientes de firma y quién falta por firmar?
Prepara un sobre para que Lucía Prueba firme este contrato en la última páginaQueda en borrador. Enviarlo es una acción crítica: solo con el rol Personalizado.
StrategyEstrategia
La operación entera en un expediente
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Busca lo que BMC nos ha escrito sobre la ampliación de capital
¿Cómo están las obligaciones fiscales de todas las sociedades del grupo y cuál tiene faltas?Con un acceso de grupo.
En todas las áreas
ConexionesAPI, MCP y webhooks
Funciona con cualquier asistente que admita conectores MCP remotos con inicio de sesión OAuth; por ejemplo, Claude, con el que lo hemos probado, o ChatGPT Business, Enterprise y Edu, documentado.
Con token, también Gemini CLI, Cursor, n8n, Make o Zapier; y por API y webhooks firmados, sus propios sistemas.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Solo con el rol Personalizado, elegido permiso a permiso.
API y MCPConecte su IAIntegracionesAdministraciones públicas
Seguridad
Un acceso propio y acotado, nunca su sesión
BMC One, su base de datos y sus documentos están en servidores dedicados en Alemania. La base de datos no está expuesta a internet.
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Ilustración de lo que se elige al autorizar un acceso. Datos ficticios.
Declaraciones
DeclaracionesModelos 720, 721 y 210
Declaraciones para inversores y extranjeros
Bienes en el extranjero, criptomonedas y rentas de no residentes, en dos niveles: Plataforma y Con asesor.
El entorno de cliente de BMC, incluido en su servicio: no se contrata aparte.
Una abogada que inicia actividad profesional pregunta si está obligada a presentar pagos fraccionados de IRPF. La DGT responde que, al ser inicio de actividad, la obligación se determina trimestre a trimestre según el porcentaje de ingresos retenidos.
Obligación de presentar pagos fraccionados.
En caso de inicio de actividad profesional, la obligación de presentar pagos fraccionados se valora trimestre a trimestre. Si en un trimestre al menos el 70% de los ingresos de la actividad han sido objeto de retención o ingreso a cuenta, no existe obligación de presentar el pago. Si no se cumple ese porcentaje, se deberá presentar el pago fraccionado.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes Documento 1 de 1 Documento seleccionado Nº de consulta V0927-20 Órgano SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Fecha salida 17/04/2020 Normativa RIRPF, RD 439/2007, Art. 108. Descripción de hechos La consultante ha iniciado en el primer trimestre de 2020 la actividad profesional de la abogacía. Los servicios se prestan a un despacho de abogados mediante un contrato de colaboración, al que emite las facturas correspondientes. Las personas a las que se prestan los servicios son particulares. Cuestión planteada Obligación de presentar pagos fraccionados. Contestación completa La regulación de los obligados a presentar pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se encuentra recogida en el artículo 109 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo (BOE de 31 de marzo), que establece: “1. Los contribuyentes que ejerzan actividades económicas estarán obligados a autoliquidar e ingresar en el Tesoro, en concepto de pago a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la cantidad que resulte de lo establecido en los artículos siguientes, sin perjuicio de las excepciones previstas en los apartados siguientes. 2. Los contribuyentes que desarrollen actividades profesionales no estarán obligados a efectuar pago fraccionado en relación con las mismas si, en el año natural anterior, al menos el 70 por ciento de los ingresos de la actividad fueron objeto de retención o ingreso a cuenta. 3. Los contribuyentes que desarrollen actividades agrícolas o ganaderas no estarán obligados a efectuar pago fraccionado en relación con las mismas si, en el año natural anterior, al menos el 70 por ciento de los ingresos procedentes de la explotación, con excepción de las subvenciones corrientes y de capital y de las indemnizaciones, fueron objeto de retención o ingreso a cuenta. 4. Los contribuyentes que desarrollen actividades forestales no estarán obligados a efectuar pago fraccionado en relación con las mismas si, en el año natural anterior, al menos el 70 por ciento de los ingresos procedentes de la actividad, con excepción de las subvenciones corrientes y de capital y de las indemnizaciones, fueron objeto de retención o ingreso a cuenta. 5. A efectos de lo dispuesto en los apartados 2, 3 y 4 anteriores, en caso de inicio de la actividad se tendrá en cuenta el porcentaje de ingresos que hayan sido objeto de retención o ingreso a cuenta durante el período a que se refiere el pago fraccionado.”. Aplicada esta norma al caso planteado, nos encontramos con el ejercicio de una actividad profesional que se inicia en 2020. Por tanto, para determinar la obligación de presentar pagos fraccionados en 2020, deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en los apartados 2 y 5 del precepto trascrito. De acuerdo con el apartado 5, en caso de inicio de actividad, la obligación de presentar pago fraccionado deberá hacerse trimestre por trimestre. En cada trimestre, deberá valorarse si los ingresos del mismo hayan sido o no sometidos a retención o a ingreso a cuenta en al menos el 70 por ciento de los mismos. En caso afirmativo, no existirá obligación de presentación, mientras si la respuesta es negativa, el pago fraccionado deberá presentarse. Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
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