La Secretaría General del Tesoro publica los tipos de interés efectivo anual para el segundo trimestre de 2026, necesarios para calificar tributariamente como rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto (art. 1 y 2). Estos tipos se aplican conforme a los artículos 63 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades y 91 del Reglamento del IRPF. La resolución establece diferentes tipos según el plazo del activo y si su rendimiento se calcula con referencia a un índice de precios (art. 2 y 3).
Aplica a este perfil
art. 2
Aplica a este perfil
art. 2
Aplica a este perfil
art. 2
Para las empresas y particulares que posean activos financieros con rendimiento mixto, estos tipos determinan la calificación tributaria de sus rendimientos (art. 2 y 3). En activos con rendimiento vinculado a la inflación, los tipos de referencia son significativamente menores (0,959% a 1,442%) que en los activos estándar (1,918% a 2,884%) según el plazo de vencimiento (art. 2 y 3).
El equipo fiscal revisa tu situación concreta.