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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre sociedad europea

37 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «sociedad europea», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 34 consultas · 2014–2023

Criterio vigente

Para acogerse al régimen especial, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según la Ley 3/2009 y cumplir el artículo 76.1 de la LIS. Se excluye el régimen si el objetivo principal es el fraude, la evasión fiscal o si carece de motivos económicos válidos como la reestructuración o racionalización de actividades. La Administración debe valorar si la operación responde a la simplificación y reducción de costes o si busca una ventaja fiscal.

La posición de la DGT se mantiene constante desde 2014. Las consultas reiteran la necesidad de cumplir la Ley 3/2009 y el artículo 76.1 de la LIS, subrayando la obligatoriedad de acreditar motivos económicos válidos. No se observan cambios en la interpretación de los requisitos de fondo o de la prohibición por fraude.

Puntos de inflexión

  1. V1097-16

    Introduce requisitos específicos para el régimen de aportaciones no dinerarias, exigiendo que las acciones representen al menos el 5% de los fondos propios y se posean ininterrumpidamente durante el año anterior.

Análisis basado en 29 de 34 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.

37 consultas

V2253-18 26 jul 2018

Una fusión de una entidad alemana puede acogerse al régimen especial de IS si se cumplen los requisitos legales y existen motivos económicos válidos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
régimen especial de fusionessociedad europeamotivos económicos válidosfusión transfronterizaestablecimiento permanente LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.1.cLIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 77.1
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V1117-18 30 abr 2018

Requisitos para la aplicación del régimen especial de aportaciones no dinerarias

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
aportaciones no dinerariasrégimen especialfondos propiosmotivos económicos válidosparticipación social LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 77
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V2154-15 14 jul 2015

La fusión de una entidad danesa por una española puede acogerse al régimen especial de la LIS si se cumplen los requisitos mercantiles y económicos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
fusión por absorciónrégimen especial de fusionesmotivos económicos válidosganancia patrimonialsociedad europea LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.1.aLIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 89.2
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V0669-15 25 feb 2015

Las fusiones y escisiones de Sociedades Europeas pueden acogerse al régimen especial si cumplen los requisitos legales y existen motivos económicos válidos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
régimen especial de fusionesescisión parcialrama de actividadmotivos económicos válidossociedad europea LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.1.aLIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.2.1º.b
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