Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
El mínimo por descendientes se prorratea por partes iguales entre los progenitores cuando el descendiente tiene rentas inferiores a 1.800 euros. Si el descendiente tiene discapacidad igual o superior al 33% y no convive, se debe acreditar la dependencia económica. Para aplicar el mínimo, el descendiente no debe superar las rentas anuales de 8.000 euros.
La posición de la DGT se mantiene constante en el tratamiento del prorrateo por partes iguales entre progenitores o descendientes. Se han ido precisando los límites de rentas del beneficiario (1.800 euros para declaración y 8.000 euros anuales) y los requisitos de convivencia o dependencia económica para el caso de discapacidad.
Puntos de inflexión
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Establece los requisitos de renta para el mínimo por ascendientes, fijando el límite de 8.000 euros anuales y 1.800 euros en la declaración.
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Precisa que, ante la falta de convivencia por discapacidad, es necesario acreditar la dependencia económica para aplicar el mínimo.
Análisis basado en 61 de 66 consultas con criterio disponible. Actualizado 18 de septiembre de 2026.