Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
En las escisiones totales, la aplicación del régimen especial de la LIS requiere mantener la proporcionalidad en la atribución de valores a los socios, incluso en el caso de socio único. No es preceptivo que los patrimonios constituyan ramas de actividad si se cumple este requisito de proporcionalidad. La operación debe carecer de como objetivo principal la ventaja fiscal o el fraude.
La posición de la DGT se mantiene constante en materia de escisiones, confirmando que la proporcionalidad en la atribución es el requisito clave para la neutralidad fiscal. A lo largo de las consultas, se ha reiterado que la existencia de ramas de actividad no es necesaria si se preserva la proporcionalidad. No se observan cambios doctrinales, sino una aplicación reiterada de los requisitos de la LIS.
Análisis basado en 46 de 49 consultas con criterio disponible. Actualizado 20 de septiembre de 2026.