Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La entidad dominante debe poseer personalidad jurídica, estar sujeta a un impuesto análogo al IS y ostentar al menos el 75% del capital y la mayoría de los derechos de voto. No pueden formar parte del grupo las entidades dependientes que estén sujetas a un tipo de gravamen diferente al de la entidad representante. Además, una entidad no puede ser dominante si es dependiente de otra que también reúna los requisitos de dominante.
La posición de la DGT se mantiene constante en la definición de los requisitos de dominancia y dependencia. Las consultas han ido precisando la exclusión de entidades con regímenes de gravamen distintos y la imposibilidad de que una dominante sea dependiente de otra. No se observan cambios de criterio, sino una aplicación técnica de la normativa sobre la composición del grupo.
Puntos de inflexión
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Establece que el cumplimiento de los requisitos de participación se determina mediante la agregación de los valores poseídos por cada una de las entidades del grupo fiscal.
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Precisa la exclusión de entidades dependientes sujetas a un tipo de gravamen diferente al de la entidad representante.
Análisis basado en 59 de 60 consultas con criterio disponible. Actualizado 19 de septiembre de 2026.