Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Los límites de embargabilidad del artículo 607 de la LEC se aplican sobre la totalidad de las percepciones mensuales acumuladas del trabajador. En los meses en que se perciban conceptos extraordinarios, liquidaciones complementarias o gratificaciones, estos deben sumarse al salario ordinario para aplicar los porcentajes de embargo sobre el total. El límite de inembargabilidad del SMI mensual se aplica de forma íntegra, sin distinciones por periodos de baja o devengo parcial.
La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación de los límites de la LEC sobre la suma de todas las percepciones mensuales. A lo largo de las consultas, la administración ha ido precisando que la acumulación de conceptos (pagas extraordinarias, liquidaciones complementarias o gratificaciones) es la regla para deducir una sola vez la parte inembargable. No se observa un cambio de criterio, sino una reiteración de la aplicación del artículo 607 de la LEC.
Puntos de inflexión
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Establece que los límites de embargabilidad deben aplicarse a la totalidad de las percepciones mensuales acumuladas, incluyendo la paga extraordinaria.
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Aclara que el límite de inembargabilidad se aplica de forma íntegra sin distinguir si el devengo no se ha producido por el mes íntegro.
Análisis basado en 20 de 21 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.