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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre cuotas de autónomos

16 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «cuotas de autónomos», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio matizado Confianza alta 16 consultas · 2014–2024

Criterio vigente

Las cuotas del RETA no son un gasto deducible de los rendimientos del trabajo, sino que deben considerarse gasto deducible para el cálculo del rendimiento neto de la actividad económica. En el caso de prestaciones por cese de actividad, el rendimiento íntegro incluye tanto la prestación recibida como el importe de las cotizaciones satisfechas por el órgano gestor. Para los socios de cooperativas, el pago de las cuotas es un gasto deducible del rendimiento del trabajo.

La posición de la DGT ha mantenido la deducibilidad de las cuotas siempre que exista correlación con la actividad, pero ha precisado su naturaleza según el caso. Se ha clarificado que, cuando la sociedad asume el coste por el socio, estas cuotas califican como retribución en especie y son deducibles para determinar rendimientos del trabajo. Recientemente, se ha distinguido que en prestaciones por cese de actividad las cotizaciones forman parte del rendimiento íntegro.

Puntos de inflexión

  1. V0085-17

    Establece que si la sociedad asume el coste de las cuotas del RETA del socio-trabajador, estas tienen la calificación de retribución del trabajo en especie.

  2. V2650-24

    Precisa que en la prestación por cese de actividad el rendimiento íntegro incluye el importe de las cotizaciones satisfechas por el órgano gestor.

Análisis basado en 15 de 16 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.

16 consultas

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