Estrategia
M&A, mercados de capitales y asesoramiento estratégico para operaciones transformadoras.
Ver todo EstrategiaSalas de datos y operaciones. El análisis y la recomendación los firman las personas del equipo.
Descubrir BMC One Strategy Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Fiscal
Estructuración, planificación y cumplimiento fiscal multijurisdiccional.
Ver todo FiscalModelo 720 y 721
Plazo del 1 de enero al 31 de marzoModelo 720 y 721
El plazo termina el 31 de marzoHacienda, plazos y apoderamientos. Nuestro equipo prepara, presenta y responde.
Descubrir BMC One Tax Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Legal
Asesoramiento jurídico integral para proteger e impulsar sus intereses empresariales.
Ver todo LegalFirma, expedientes y plazos. Un equipo de BMC lleva cada asunto, con asesoría jurídica propia en lo legal; en BMC One ve sus fases y el estado de cada una.
Descubrir BMC One Legal Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Operaciones
Finanzas, personas y gobernanza externalizados para que se centre en crecer.
Ver todo OperacionesContabilidad, facturas, extractos bancarios y nómina. Nuestro equipo contabiliza, calcula y presenta.
Descubrir BMC One Business Services Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Guías nuevas sobre los cambios fiscales y de extranjería más recientes.
Análisis experto y tendencias del mercado.
Análisis periódicos y documentos técnicos
Herramientas prácticas para la toma de decisiones.
Todo lo que hace BMC One
Cada capacidad lleva a su área. Parcial: funciona una parte; el detalle, en la página del área.
Pruebe con
Business Services
Tax
Legal
Seguridad
Nada con «». Pruebe con «IVA», «nóminas» o «firma».
Por área
Business ServicesOperaciones
Su empresa, al día en un solo sitio
Nuestro equipo contabiliza, calcula y presenta.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Cuántos trabajadores activos tenemos y con qué convenio y tipo de contrato?
Da de alta a estos tres trabajadores con su DNI, número de Seguridad Social y fecha de inicioQuedan en BMC One; a la Seguridad Social no se comunica nada.
TaxFiscal
Cada plazo de Hacienda, a la vista
Nuestro equipo prepara, presenta y responde.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Qué modelos nos tocan este trimestre y cuáles están ya presentados?
Cambia el domicilio fiscal de la ficha a Calle Muestra 5, MadridCambia la ficha en BMC One; ante la AEAT no cambia nada.
Legal
Cada fase, con su estado y su fecha
Un equipo de BMC lleva cada asunto, con asesoría jurídica propia en lo legal; en BMC One ve sus fases y el estado de cada una.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Qué documentos siguen pendientes de firma y quién falta por firmar?
Prepara un sobre para que Lucía Prueba firme este contrato en la última páginaQueda en borrador. Enviarlo es una acción crítica: solo con el rol Personalizado.
StrategyEstrategia
La operación entera en un expediente
El análisis y la recomendación los firman las personas del equipo.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
Busca lo que BMC nos ha escrito sobre la ampliación de capital
¿Cómo están las obligaciones fiscales de todas las sociedades del grupo y cuál tiene faltas?Con un acceso de grupo.
En todas las áreas
ConexionesAPI, MCP y webhooks
Funciona con cualquier asistente que admita conectores MCP remotos con inicio de sesión OAuth; por ejemplo, Claude, con el que lo hemos probado, o ChatGPT Business, Enterprise y Edu, documentado.
Con token, también Gemini CLI, Cursor, n8n, Make o Zapier; y por API y webhooks firmados, sus propios sistemas.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Solo con el rol Personalizado, elegido permiso a permiso.
API y MCPConecte su IAIntegracionesAdministraciones públicas
Seguridad
Un acceso propio y acotado, nunca su sesión
BMC One, su base de datos y sus documentos están en servidores dedicados en Alemania. La base de datos no está expuesta a internet.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Ilustración de lo que se elige al autorizar un acceso. Datos ficticios.
Declaraciones
DeclaracionesModelos 720, 721 y 210
Declaraciones para inversores y extranjeros
Bienes en el extranjero, criptomonedas y rentas de no residentes, en dos niveles: Plataforma y Con asesor.
El entorno de cliente de BMC, incluido en su servicio: no se contrata aparte.
Un contribuyente pregunta si la donación de una vivienda por parte de sus padres conlleva restricciones para su uso o derribo. La DGT responde que la donación está sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, pero la normativa estatal no impone limitaciones a la disponibilidad del bien.
Si en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones existe alguna restricción a la disponibilidad del bien o si puede proceder al derribo cuando estime conveniente y construir una nueva vivienda.
La donación de una vivienda constituye un hecho imponible del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por ser una adquisición de bienes a título gratuito e 'intervivos'. La normativa estatal no prevé ninguna restricción a la disponibilidad de la vivienda adquirida por donación ni establece beneficios fiscales por dicha adquisición. No obstante, la respuesta se limita a la normativa estatal y no afecta a posibles regulaciones de la Comunidad Autónoma competente.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes Documento 1 de 1 Documento seleccionado Nº de consulta V0619-17 Órgano SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Fecha salida 09/03/2017 Normativa Ley 22/2009, arts. 48 y 55. Ley 29/1987 art. 3 Descripción de hechos Los padres del consultante tienen la intención de donarle su vivienda, radicada en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Tanto el consultante como sus padres residen en esa Comunidad Autónoma. Cuestión planteada Si en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones existe alguna restricción a la disponibilidad del bien o si puede proceder al derribo cuando estime conveniente y construir una nueva vivienda. Contestación completa En relación con la cuestión planteada en el escrito de consulta, este Centro directivo informa lo siguiente: El artículo 3.1 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (BOE de 19 de diciembre de 1987) –en adelante, LISD–, dispone lo siguiente: «Artículo 3. 1. Constituye el hecho imponible: a) La adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio. b) La adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito e “intervivos”. c) La percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguros sobre la vida, cuando el contratante sea persona distinta del beneficiario, salvo los supuestos expresamente regulados en el artículo 16.2.a), de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias.». Conforme al precepto transcrito, la donación de la vivienda de los padres del consultante a este constituirá una operación sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por el concepto de adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito e “intervivos”. Una vez producido el hecho imponible se devengará el impuesto, lo que convertirá al adquirente –en este caso, el consultante– en sujeto pasivo de dicho impuesto, y le someterá a las obligaciones materiales y formales derivadas de tal condición, entre ellas, al pago de la cuota tributaria resultante. Sin embrago, la LISD no prevé ninguna restricción a la disponibilidad de la vivienda adquirida por donación, lo cual tiene sentido, porque tampoco prevé la norma beneficio fiscal alguno por tal adquisición. Por último, cabe advertir que la contestación expuesta se refiere exclusivamente a la aplicación de la normativa del Estado, pero no a la que la Comunidad Autónoma competente –Castilla-La Mancha– haya podido aprobar en uso de las competencias normativas atribuidas a las Comunidades Autónomas por el artículo 48 de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de Régimen Común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias (BOE de 19 de diciembre de 2009), pues, conforme a lo dispuesto en el artículo 55.2.a) de esta ley, corresponde a las Comunidades Autónomas la contestación de las consultas reguladas en los artículos 88 y 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en lo que se refiera a la aplicación de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma en el ejercicio de sus competencias. CONCLUSIONES: Primera: La donación de una vivienda a una persona por sus padres es una operación sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por el concepto de adquisición de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito e “intervivos”. Segunda: La normativa estatal del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones no regula ninguna restricción al donatario a la disponibilidad de la vivienda donada. Tampoco regula ningún beneficio fiscal para tal donación. Tercera: La contestación a consultas sobre la aplicación de la normativa aprobada por una Comunidad Autónoma en uso de las competencias normativas que le atribuye el artículo 48 de la Ley 22/2009 corresponde a la Comunidad Autónoma que haya aprobado tal normativa. Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Respuesta por correo · sin compromiso