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BOE-A-2026-21254 ·13 de octubre de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas y trabajadores: consulta el calendario de fiestas laborales para el año 2027

La Dirección General de Trabajo publica la relación oficial de las fiestas laborales para el año 2027, tras la remisión de las diecisiete Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla (art. 45.4 RD 2001/1983). La resolución integra las fiestas de ámbito nacional con las de carácter autonómico para facilitar su conocimiento en todo el territorio (Fundamento de Derecho Tercero). El texto recoge también las particularidades de festividades en Canarias y la sustitución de festividades en el territorio de Arán (Cataluña).

En 2 claves

  1. Publicación de la relación de fiestas laborales para el año 2027 (art. 45.4 RD 2001/1983). (Antecedentes de hecho Segundo)
  2. Las Comunidades Autónomas pueden sustituir fiestas nacionales o añadir una fiesta más con carácter recuperable si no coinciden suficientes fiestas nacionales con domingo (art. 37.2 ET). (Fundamento de Derecho Segundo)

A quién afecta

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  • Empresas con actividad en territorio nacional
  • Necesidad de planificación de calendario laboral 2027

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  • Autónomos con actividad en territorio nacional

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  • Trabajadores asalariados con derecho a descanso por festividades

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas, esta resolución permite la planificación de la actividad y la gestión de turnos y vacaciones para el ejercicio 2027. Los trabajadores pueden conocer de antemano los días de descanso retribuido y no recuperable según su ubicación geográfica. Se debe tener especial atención a las festividades específicas de las islas canarias y a la sustitución de la Pasqua Florida por la Fiesta de Arán en Cataluña.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Planificar el calendario laboral y la gestión de turnos para el año 2027

Línea de vida

2026-10-13PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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