La Dirección General de Trabajo registra el Acta de la Comisión Paritaria del VIII Convenio colectivo estatal para las empresas de gestión y mediación inmobiliaria. Esta resolución rectifica errores previos y establece las tablas salariales definitivas para el ejercicio 2026, aplicando un incremento del 3% sobre las de 2025, dado que la variación del IPC (2,9% para 2026) es inferior al mínimo salarial pactado (art. 28).
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Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
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Para las empresas del sector inmobiliario, la norma obliga a la aplicación de los nuevos salarios mínimos y complementos actualizados para 2026 (art. 1). Los trabajadores afectados ven incrementados sus salarios base, plus de polivalencia, responsabilidad, vinculación, así como el precio de la hora extraordinaria y las compensaciones por teletrabajo y kilometraje (Anexo I).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar las tablas salariales definitivas de 2026 en la nómina de los trabajadores | Anexo I | |
| Actualizar el precio de la hora extraordinaria según las nuevas tablas | Anexo I |
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