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BOE-A-2026-18565 ·3 de septiembre de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Empresas de gestión inmobiliaria: aplicación de tablas salariales definitivas para 2026 con incremento del 3%

La Dirección General de Trabajo registra el Acta de la Comisión Paritaria del VIII Convenio colectivo estatal para las empresas de gestión y mediación inmobiliaria. Esta resolución rectifica errores previos y establece las tablas salariales definitivas para el ejercicio 2026, aplicando un incremento del 3% sobre las de 2025, dado que la variación del IPC (2,9% para 2026) es inferior al mínimo salarial pactado (art. 28).

En 3 claves

  1. Incremento salarial del 3% sobre las tablas de 2025 para el ejercicio 2026, art. 28 (art. 28)
  2. La variación del IPC para 2026 se fija en un 2,9%, inferior al 3% de incremento salarial obligatorio, acta de la Comisión Paritaria (Acuerdos, Primero)
  3. Compensación por teletrabajo fijada en 1,60 EUR/día para 2026, Anexo I (Anexo I)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas de gestión y mediación inmobiliaria

Título del Acta

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Empresas de gestión y mediación inmobiliaria

Título del Acta

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas del sector inmobiliario, la norma obliga a la aplicación de los nuevos salarios mínimos y complementos actualizados para 2026 (art. 1). Los trabajadores afectados ven incrementados sus salarios base, plus de polivalencia, responsabilidad, vinculación, así como el precio de la hora extraordinaria y las compensaciones por teletrabajo y kilometraje (Anexo I).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar las tablas salariales definitivas de 2026 en la nómina de los trabajadores Anexo I
Actualizar el precio de la hora extraordinaria según las nuevas tablas Anexo I

Línea de vida

2026-09-03PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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