Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las retribuciones de administradores y miembros de consejos de administración se califican como rendimientos del trabajo, independientemente de la naturaleza mercantil del cargo o de la condición de jubilado del perceptor. Estas cantidades están sujetas al tipo de retención específico para administradores previsto en la LIRPF. Asimismo, la prestación de servicios de una sociedad mercantil como miembro de un Consejo de Administración se considera una operación sujeta al IVA al tipo general.
La DGT no presenta una evolución doctrinal única, ya que las consultas abordan materias distintas sin una línea de cambio común. Se observa una aplicación constante de la normativa en temas de IVA para servicios de administración, la calificación de rendimientos del trabajo para administradores y la aplicación de requisitos de mantenimiento de inversión en exenciones.
Análisis basado en 32 de 34 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.