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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre rentas positivas

26 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «rentas positivas», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 21 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

Las ayudas públicas destinadas a reparar daños o la destrucción de elementos patrimoniales por causas naturales, como la DANA, no se integran en la base imponible del IRPF. Este tratamiento se fundamenta en la disposición adicional quinta de la LIRPF. Asimismo, no tributan las ayudas percibidas para compensar el desalojo temporal o definitivo de la vivienda habitual por estas causas.

La posición de la DGT se mantiene constante en las consultas más recientes, centrando su criterio en la exclusión de las ayudas por catástrofes naturales de la base imponible del IRPF. No se observa evolución doctrinal, sino una aplicación reiterada de la disposición adicional quinta de la LIRPF ante distintos supuestos de daños por inundación o desalojo.

Análisis basado en 20 de 21 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.

26 consultas

V1242-25 7 jul 2025

Las ayudas por daños de la DANA en la Comunidad Valenciana no tributan en el IRPF

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
base imponibleayudas públicaspérdidas patrimonialesrentas positivaselementos patrimoniales LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. disposición adicional quintaLGT — Ley 58/2003 General Tributaria art. 89
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V3961-15 14 dic 2015

Las bases imponibles negativas pendientes a 2015 pueden compensarse sin límite temporal

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
bases imponibles negativascompensación de basessociedades agrarias de transformaciónlímite temporalrentas positivas LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 7.1.bLIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 26
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