Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Ante la pluralidad de actividades, la regla de computar al empresario como una persona no asalariada se rompe si se acredita una dedicación inferior a 1.800 horas/año por causas objetivas. El módulo se obtiene dividiendo las horas efectivas dedicadas entre 1.800. Para tareas de dirección, organización y planificación, se aplica un mínimo de 0,25 personas/año, salvo acreditación de una dedicación distinta. El contribuyente debe probar dicho tiempo mediante medios de prueba admitidos.
La posición de la DGT se mantiene constante en el cálculo del módulo por dedicación efectiva ante la pluralidad de actividades. Se ha mantenido el criterio de que el titular debe computarse por entero en cada actividad para que el cónyuge pueda computarse al 50%. Las consultas recientes refuerzan la necesidad de acreditar las horas mediante medios de prueba.
Puntos de inflexión
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Establece que para el cómputo del 50% al cónyuge, el titular debe computarse por entero en cada actividad, impidiendo el beneficio si el titular se reparte entre varias actividades.
Análisis basado en 12 de 12 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.