Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para la exención por reinversión, la vivienda transmitida debe ser la vivienda habitual en el momento de la venta o haberlo sido en cualquier día de los dos años anteriores a la transmisión. Tanto la vivienda transmitida como la adquirida deben cumplir los requisitos de vivienda habitual. La reinversión debe realizarse en un plazo de dos años, ya sea antes o después de la fecha de transmisión.
La posición de la DGT se mantiene constante en la definición del plazo de dos años de habitualidad de la vivienda transmitida. No se observan cambios en la interpretación de este requisito temporal desde las consultas de 2017 hasta las de 2025. La doctrina es uniforme respecto a la necesidad de que la vivienda haya sido habitual en cualquier momento de los dos años previos a la venta.
Análisis basado en 19 de 20 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.