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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre negocio profesional

16 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «negocio profesional», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 16 consultas · 2014–2022

Criterio vigente

La transmisión lucrativa de empresa o negocio profesional no genera ganancias o pérdidas patrimoniales en el IRPF si se cumplen los requisitos del artículo 20.6 de la Ley 29/1987. El donante debe tener 65 años o incapacidad y cesar en sus funciones de dirección. El donatario debe mantener la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio y la actividad debe ejercerse de forma habitual, personal y directa.

La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación de la exención del artículo 20.6 de la Ley 29/1987. Las consultas han precisado que la gestión cedida o arrendada impide la reducción por no cumplir el requisito de ejercicio personal y directo. Asimismo, se ha aclarado que las obligaciones de conservación recaen sobre el donatario y no sobre el donante.

Puntos de inflexión

  1. V1068-19

    Establece que si la gestión del negocio se transfiere mediante arrendamiento o cesión antes del fallecimiento, no se cumple el requisito de ejercicio personal y directo para la reducción.

  2. V0108-22

    Aclara que la reducción es procedente aunque la otra mitad del negocio se transmita de forma onerosa y que las obligaciones de conservación son exclusivas del donatario.

Análisis basado en 16 de 16 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.

16 consultas

V2968-19 24 oct 2019

La reducción del 95% en la donación de un negocio profesional se aplica según los requisitos del titular del mismo

SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos
reducción en la base imponiblenegocio profesionalbienes ganancialesprincipal fuente de rentaexención en el impuesto sobre el patrimonio LISD — Ley 29/1987 de Sucesiones y Donaciones art. 20.6LIP — Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio art. 4.Ocho.Uno
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V1068-19 20 may 2019

No procede la reducción del 95% en sucesiones sobre el negocio profesional si su gestión se ha cedido o arrendado previamente

SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos
reducción por empresa familiarexención en impuesto sobre el patrimonionegocio profesionaladquisición mortis causaparticipaciones en entidades LISD — Ley 29/1987 de Sucesiones y Donaciones art. 20.2.cLIP — Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio art. 4.Octavo.Uno
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V0472-18 21 feb 2018

Se puede aplicar la reducción del 95% en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones si se mantiene la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio

SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos
reducción en la base imponiblenegocio profesionaljubilación activaexención en el impuesto sobre el patrimonioadquisición mortis causa LISD — Ley 29/1987 de Sucesiones y Donaciones art. 20.2.cLISD — Ley 29/1987 de Sucesiones y Donaciones art. 20.6
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V2989-14 4 nov 2014

Se puede aplicar la reducción del 95% en el Impuesto sobre Donaciones si la actividad es la principal fuente de renta

SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos
reducción en la base imponibleprincipal fuente de rentaexención en el impuesto sobre el patrimoniodonación de empresa individualnegocio profesional LISD — Ley 29/1987 de Sucesiones y Donaciones art. 20.6LIP — Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio art. 4.8.1
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