Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Los gastos deducibles deben cumplir con la inscripción contable, la imputación por devengo, la correlación con los ingresos y la justificación documental. Deben corresponder a operaciones reales y no estar calificados como no deducibles por la LIS. La factura es el medio de prueba prioritario, pero la realidad de la operación puede acreditarse mediante otros medios de prueba admitidos en derecho.
La posición de la DGT se mantiene constante a lo largo de la secuencia. El criterio exige de forma reiterada la inscripción contable, el devengo, la correlación con los ingresos y la justificación documental para la deducibilidad. No se observan cambios en los requisitos sustanciales desde 2014 hasta 2026.
Análisis basado en 17 de 17 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.