Ir al contenido

Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre cooperativa de trabajo asociado

30 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «cooperativa de trabajo asociado», con su criterio vigente y la ley aplicable.

← Observatorio DGT

Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 29 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

Las retribuciones de los socios de cooperativas de trabajo asociado se consideran rendimientos del trabajo, permitiendo la deducción de las cuotas del RETA. Para mantener la condición de especialmente protegida, se debe respetar el límite de trabajadores asalariados, computando los contratos a tiempo parcial según su jornada contratada. Los rendimientos de la actividad realizada por los socios se consideran resultados cooperativos, mientras que los de personas no socias son resultados extracooperativos.

La posición de la DGT se mantiene constante en la calificación de las retribuciones de los socios como rendimientos del trabajo y en la exención del IVA bajo relaciones de dependencia. Se han aportado precisiones sobre el cómputo de la jornada para el límite de trabajadores asalariados y la distinción entre resultados cooperativos y extracooperativos.

Puntos de inflexión

  1. V2241-24

    Establece que para el límite de trabajadores asalariados se deben computar los contratos a tiempo parcial basándose en la jornada contratada respecto a la jornada completa.

  2. V5205-26

    Distingue que los rendimientos de la actividad realizada con socios son resultados cooperativos, frente a los de personas no socias que son resultados extracooperativos.

Análisis basado en 29 de 29 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.

30 consultas

V2241-24 18 oct 2024

La contratación de dos asalariados a tiempo parcial no hace perder la condición de cooperativa protegida si la suma de sus jornadas no supera una jornada completa

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
cooperativa de trabajo asociadocooperativa protegidatrabajador asalariadocontrato a tiempo parcialpermanencia efectiva Ley 20/1990 sobre Régimen Fiscal de las CooperativasLIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. disposición final primera
Afecta a EmpresaInmigrante · ExpatParticular
V2674-15 16 sept 2015

Los socios de cooperativas de trabajo asociado tributan por rendimientos del trabajo en IRPF y los servicios prestados a la cooperativa no están sujetos a IVA en relaciones de trabajo dependiente

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
rendimientos del trabajocooperativa de trabajo asociadoactividades económicasno sujeciónrégimen fiscal de cooperativas LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 27.1Ley 20/1990 de Régimen Fiscal de las Cooperativas
Afecta a EmpresaInmigrante · ExpatParticular

Aplíquelo a su caso

Aplicarlo a un caso real

Lo que aquí se publica, aplicado a una empresa o a un caso concreto. La primera reunión es gratuita.

Email
Contacto