Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las indemnizaciones por responsabilidad civil por daños personales solo están exentas si la cuantía es legal o judicialmente reconocida. Los acuerdos extrajudiciales directos entre las partes no gozan de esta exención. En casos de rendimientos del trabajo, los acuerdos extrajudiciales no permiten aplicar la reducción del 30% por irregularidad, ya que no derivan de una modificación de percepciones económicas de duración indefinida.
La posición de la DGT se mantiene constante en la exclusión de los acuerdos extrajudiciales de beneficios fiscales específicos. Se observa una aplicación rigurosa de la necesidad de intervención judicial para la exención por daños personales (V0376-14 y V0526-26) y de la existencia de un periodo de generación para la reducción por irregularidad (V0858-20 y V1332-20).
Análisis basado en 11 de 12 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.