Estrategia
M&A, mercados de capitales y asesoramiento estratégico para operaciones transformadoras.
Ver todo EstrategiaSalas de datos y operaciones. El análisis y la recomendación los firman las personas del equipo.
Descubrir BMC One Strategy Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Fiscal
Estructuración, planificación y cumplimiento fiscal multijurisdiccional.
Ver todo FiscalModelo 720 y 721
Plazo del 1 de enero al 31 de marzoModelo 720 y 721
El plazo termina el 31 de marzoHacienda, plazos y apoderamientos. Nuestro equipo prepara, presenta y responde.
Descubrir BMC One Tax Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Legal
Asesoramiento jurídico integral para proteger e impulsar sus intereses empresariales.
Ver todo LegalFirma, expedientes y plazos. Un equipo de BMC lleva cada asunto, con asesoría jurídica propia en lo legal; en BMC One ve sus fases y el estado de cada una.
Descubrir BMC One Legal Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Operaciones
Finanzas, personas y gobernanza externalizados para que se centre en crecer.
Ver todo OperacionesContabilidad, facturas, extractos bancarios y nómina. Nuestro equipo contabiliza, calcula y presenta.
Descubrir BMC One Business Services Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Guías nuevas sobre los cambios fiscales y de extranjería más recientes.
Análisis experto y tendencias del mercado.
Análisis periódicos y documentos técnicos
Herramientas prácticas para la toma de decisiones.
Todo lo que hace BMC One
Cada capacidad lleva a su área. Parcial: funciona una parte; el detalle, en la página del área.
Pruebe con
Business Services
Tax
Legal
Seguridad
Nada con «». Pruebe con «IVA», «nóminas» o «firma».
Por área
Business ServicesOperaciones
Su empresa, al día en un solo sitio
Nuestro equipo contabiliza, calcula y presenta.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Cuántos trabajadores activos tenemos y con qué convenio y tipo de contrato?
Da de alta a estos tres trabajadores con su DNI, número de Seguridad Social y fecha de inicioQuedan en BMC One; a la Seguridad Social no se comunica nada.
TaxFiscal
Cada plazo de Hacienda, a la vista
Nuestro equipo prepara, presenta y responde.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Qué modelos nos tocan este trimestre y cuáles están ya presentados?
Cambia el domicilio fiscal de la ficha a Calle Muestra 5, MadridCambia la ficha en BMC One; ante la AEAT no cambia nada.
Legal
Cada fase, con su estado y su fecha
Un equipo de BMC lleva cada asunto, con asesoría jurídica propia en lo legal; en BMC One ve sus fases y el estado de cada una.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Qué documentos siguen pendientes de firma y quién falta por firmar?
Prepara un sobre para que Lucía Prueba firme este contrato en la última páginaQueda en borrador. Enviarlo es una acción crítica: solo con el rol Personalizado.
StrategyEstrategia
La operación entera en un expediente
El análisis y la recomendación los firman las personas del equipo.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
Busca lo que BMC nos ha escrito sobre la ampliación de capital
¿Cómo están las obligaciones fiscales de todas las sociedades del grupo y cuál tiene faltas?Con un acceso de grupo.
En todas las áreas
ConexionesAPI, MCP y webhooks
Funciona con cualquier asistente que admita conectores MCP remotos con inicio de sesión OAuth; por ejemplo, Claude, con el que lo hemos probado, o ChatGPT Business, Enterprise y Edu, documentado.
Con token, también Gemini CLI, Cursor, n8n, Make o Zapier; y por API y webhooks firmados, sus propios sistemas.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Solo con el rol Personalizado, elegido permiso a permiso.
API y MCPConecte su IAIntegracionesAdministraciones públicas
Seguridad
Un acceso propio y acotado, nunca su sesión
BMC One, su base de datos y sus documentos están en servidores dedicados en Alemania. La base de datos no está expuesta a internet.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Ilustración de lo que se elige al autorizar un acceso. Datos ficticios.
Declaraciones
DeclaracionesModelos 720, 721 y 210
Declaraciones para inversores y extranjeros
Bienes en el extranjero, criptomonedas y rentas de no residentes, en dos niveles: Plataforma y Con asesor.
El entorno de cliente de BMC, incluido en su servicio: no se contrata aparte.
Un consultante pregunta si debe declarar una subvención de Cantabria para fomentar la contratación juvenil. La DGT responde que, al ser beneficiario como trabajador por cuenta propia, la ayuda es renta en el IRPF.
Si debe declarar el importe de la subvención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
La subvención debe considerarse rendimiento de actividades económicas según el artículo 27.1 de la LIRPF. Al tener por objeto compensar parte del coste de personal, se califica como subvención corriente, lo que implica que se trata como ingresos del ejercicio. Si la finalidad fuera financiar inmovilizado, sería una subvención de capital.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes Documento 1 de 1 Documento seleccionado Nº de consulta V1543-20 Órgano SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Fecha salida 22/05/2020 Normativa LIRPF, Ley 35/2006, artículo 27. Descripción de hechos El consultante, como representante legal de una sociedad de la que es socio, solicitó una subvención para el fomento de la contratación juvenil. Dicha subvención fue concedida por el Gobierno de Cantabria y atribuida a él como persona física en los datos fiscales recibidos de la Agencia Tributaria. Cuestión planteada Si debe declarar el importe de la subvención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Contestación completa De acuerdo con la documentación aportada, al consultante se le ha concedido por parte de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo del Gobierno de Cantabria una subvención destinada a fomentar la contratación juvenil, al amparo de la Orden HAC/30/2018, de 15 de junio, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la contratación juvenil. En el texto de dicha Orden, en su artículo primero se regulan las personas que pueden ser beneficiarias de dichas subvenciones estableciendo lo siguiente: “1. Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas establecidas en la presente Orden las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos que reúnan los siguientes requisitos: a) Los establecidos en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. b) Estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social, o en una mutualidad de colegio profesional de Cantabria. c) Desarrollar su actividad económica de forma personal, profesional y directa en empresas radicadas y que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria, bien sea de carácter individual, comunidades de bienes, sociedades civiles o sociedades mercantiles, a excepción de las sociedades laborales y cooperativas. (…)” Por su parte, el artículo segundo de la mencionada Orden dispone que ésta “tiene por objeto aprobar la convocatoria para el año 2018 de subvenciones destinadas a promover la contratación juvenil, incentivando la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje y de contratos en prácticas con personas jóvenes desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántabro de Empleo, cuando esa contratación se realice por trabajadores por cuenta propia o autónomos.” Como puede observarse, las personas beneficiarias de la subvención deben tener la consideración de trabajadores por cuenta propia o autónomos que desarrollen una actividad económica de forma personal, profesional y directa. Teniendo en cuenta además que en la resolución de la concesión de la subvención que se ha aportado resulta expresamente como beneficiario el consultante, se debe concluir que la misma se deberá considerar renta obtenida por éste en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En cuanto a su calificación, la subvención percibida, en la medida en que tiene por objeto la promoción de la contratación de determinados colectivos, tiene en el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, la calificación de rendimiento de actividades económicas, conforme lo dispuesto en el artículo 27.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en adelante LIRPF, el cual dispone: “Se considerarán rendimientos íntegros de actividades económicas aquéllos que, procediendo del trabajo personal y del capital conjuntamente, o de uno solo de estos factores, supongan por parte del contribuyente la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios“. Ahora bien, las distintas modalidades que pueden adoptar estas ayudas y sus diferentes aplicaciones dan lugar a un distinto tratamiento tributario según la calificación que proceda otorgar a las ayudas: subvenciones corrientes o de capital. Si las ayudas se aplican a compensar gastos del ejercicio o la pérdida de ingresos, tendrán el tratamiento de subvenciones corrientes: ingresos del ejercicio. Por el contrario, las destinadas a favorecer inversiones en inmovilizado o gastos de proyección plurianual se tratarán como subvenciones de capital: imputación en la misma medida en que se amorticen las inversiones o los gastos realizados con cargo a las mismas. No obstante, cuando los bienes no sean susceptibles de amortización, la subvención se imputará íntegramente en el ejercicio en que se produzca la enajenación o la baja en el inventario del activo financiado con dicha subvención. Por tanto, la subvención tendrá el carácter de subvención de capital siempre que tenga como finalidad la financiación de inmovilizado o capital fijo del empresario o profesional. No obstante, si su objeto es garantizar, en el inicio o durante el ejercicio de la actividad, unos ingresos mínimos, deberá tratarse como una subvención corriente. De acuerdo con lo dispuesto en las condiciones de concesión de la subvención el concepto subvencionable es una parte del coste de personal, por lo que estamos ante una subvención corriente. Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Respuesta por correo · sin compromiso