Se consulta sobre la obligación de nombrar representante fiscal y la repercusión del impuesto en una venta de matrices en un depósito distinto del aduanero (DDA) a una empresa estadounidense. La DGT aclara que dichas ventas están exentas de IVA.
Cuestión planteada - Obligación de nombrar representante fiscal.
La venta de bienes en un depósito distinto del aduanero (DDA) resulta exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido según el artículo 24 de la Ley 37/1992. Este artículo exime las entregas de bienes que van a vincularse al régimen y los bienes que se encuentran en el régimen DDA.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes Documento 1 de 1 Documento seleccionado Nº de consulta V0294-14 Órgano SG de Impuestos sobre el Consumo Fecha salida 06/02/2014 Normativa Ley 37/1992 art. 24- 164 Descripción de hechos Una entidad residente en el territorio de aplicación del Impuesto fabricará unas matrices que serán vendidas en un depósito distinto del aduanero (DDA) a una empresa norteamericana que posteriormente liquidará la subsiguiente operación asimilada a la exportación y que opera mediante un representante fiscal. Cuestión planteada - Obligación de nombrar representante fiscal. - Formalización del nombramiento. - Repercusión del Impuesto. Contestación completa 1. – El artículo 164 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29 de diciembre), establece para los sujetos pasivos del Impuesto, la obligación de: “7º. Nombrar un representante a efectos del cumplimiento de las obligaciones impuestas en esta Ley cuando se trate de sujetos pasivos no establecidos en la Comunidad, salvo que se encuentren establecidos en Canarias, Ceuta o Melilla, o en un Estado con el que existan instrumentos de asistencia mutua análogos a los instituidos en la Comunidad.” 2.- El Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio (BOE de 5 de septiembre), dispone de manera general los procedimientos que deben seguirse para el nombramiento de un representante fiscal por una empresa no residente. 3.- La venta de las matrices en el depósito distinto del aduanero (DDA), resultará exenta del Impuesto con arreglo a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 37/1992, que exime del mismo, las entregas de bienes que van a vincularse al régimen y los bienes que se encuentran en el régimen DDA. 4. - Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.