Ir al contenido
BOE-A-2026-3792 ·18 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto medio
Fiscal

Empresas de enseñanza privada con fondos públicos: 3 meses para incorporar el nuevo convenio colectivo

La Resolución de 2 de febrero de 2026 publica el Acta de la Comisión Paritaria del VII Convenio Colectivo para centros de enseñanza privada sostenidos con fondos públicos en Navarra y La Rioja. Este convenio establece nuevas condiciones sobre retribuciones y permiso de lactancia, conforme a lo previsto en el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 713/2010. Las empresas afectadas deben incorporar el convenio en su régimen de relaciones laborales dentro de un plazo de tres meses, aunque el texto no especifica el plazo exacto de aplicación.

En 2 claves

  1. Centros de enseñanza privada sostenidos con fondos públicos deben incorporar el nuevo convenio en 3 meses (art. 90.2 y 3 Ley del Estatuto de los Trabajadores)
  2. El convenio regula retribuciones y permiso de lactancia conforme a RD 713/2010 (Real Decreto 713/2010)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Centros de enseñanza privada sostenidos con fondos públicos
  • Ubicados en Navarra o La Rioja

art. 90.2 y 3 Ley del Estatuto de los Trabajadores

Aplica a este perfil

  • Autónomos que gestionen centros de enseñanza privada sostenidos con fondos públicos

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas de enseñanza privada sostenidas con fondos públicos en Navarra y La Rioja, se establecen nuevas condiciones salariales y de permiso de lactancia que deben ser incorporadas en sus contratos. Los trabajadores podrán beneficiarse de las nuevas condiciones de retribución y protección materna. Los asesores laborales deben verificar el cumplimiento del convenio y asegurar que las empresas actualicen sus políticas laborales. Las administraciones regionales podrán supervisar el cumplimiento del convenio en los centros afectados.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Verificar incorporación del nuevo convenio colectivo en el régimen laboral art. 90.2 y 3 Ley del Estatuto de los Trabajadores

Línea de vida

2026-02-18PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto