El Consejo de Ministros declara como «instalaciones energéticas estratégicas» a los proyectos de generación renovable y almacenamiento que obtengan capacidad de acceso y evacuación en nudos de transición justa (Acuerdo Primero). Esta declaración otorga el estatus de «proyectos energéticos preferentes», lo que implica la declaración de urgencia por razones de interés público para todos sus procedimientos administrativos (Acuerdo Segundo). La medida busca agilizar la tramitación sin reducir las exigencias ambientales ni los controles ordinarios.
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Acuerdo Primero
Para los promotores de proyectos renovables y de almacenamiento adjudicatarios en nudos de transición justa, la norma acelera significativamente los plazos de autorización, impacto ambiental y resolución de recursos (Acuerdo Segundo). Estos proyectos se consideran obras públicas de interés general, facilitando su encaje urbanístico (disposición adicional duodécima Ley 13/2003). No obstante, los promotores asumen la obligación de abonar a los ayuntamientos el 3% de las partidas de materiales, obra civil y montaje electromecánico del presupuesto antes de iniciar las obras.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Abonar al ayuntamiento el 3% de materiales, obra civil y montaje electromecánico del presupuesto | disposición adicional duodécima de la Ley 13/2003 | antes del inicio de las obras |
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