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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre transmisión en bloque

22 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «transmisión en bloque», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 21 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

La transmisión de la totalidad de las acciones o participaciones de una entidad puede no estar sujeta al IVA según el artículo 7.1º de la Ley 37/1992. Para ello, debe suponer la transmisión de elementos materiales y humanos que constituyan una unidad económica autónoma. El supuesto de no sujeción no es aplicable si no se transmite la totalidad de las participaciones o si la transmisión se realiza a favor de varios adquirentes.

La posición de la DGT se mantiene estable en materia de Impuesto sobre Sociedades, exigiendo el cumplimiento de la Ley 3/2009 y la existencia de motivos económicos válidos para evitar el fraude. No obstante, la secuencia muestra un cambio de enfoque hacia el IVA en la consulta más reciente, donde se condiciona la no sujeción a la transmisión de una unidad económica autónoma y a la integridad de la titularidad.

Puntos de inflexión

  1. V1305-26

    Introduce el criterio de no sujeción al IVA siempre que se transmitan elementos materiales y humanos que constituyan una unidad económica autónoma y se transmita la totalidad de las participaciones.

Análisis basado en 21 de 21 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.

22 consultas

V2082-16 13 may 2016

Se puede aplicar el régimen especial de fusiones si la operación cumple requisitos mercantiles y tiene motivos económicos válidos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
régimen especial de fusionesmotivos económicos válidosbases imponibles negativastransmisión en bloquereestructuración societaria LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.1.aLIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 84.2
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V1106-15 10 abr 2015

Una fusión puede acogerse al régimen especial si se realiza bajo la Ley de modificaciones estructurales y tiene motivos económicos válidos

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
régimen especial de fusionesmotivos económicos válidostransmisión en bloquereestructuración empresarialneutralidad fiscal LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 76.1.bLIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. 89.2
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