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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre título y modo

9 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «título y modo», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 9 consultas · 2014–2024

Criterio vigente

La transmisión de la propiedad de un inmueble requiere la conjunción de título y modo, entendiéndose la alteración patrimonial en el momento en que el bien se pone en poder y posesión del adquirente. Para inmuebles, el otorgamiento de escritura pública equivale a la entrega, salvo que se acredite la entrega real y efectiva en un momento anterior. En caso de contratos privados, es necesario probar la existencia del contrato en la fecha alegada y la entrega material, como la ocupación o la entrega de llaves.

La posición de la DGT se mantiene constante en la exigencia de la concurrencia de título y modo para la transmisión de bienes. La evolución se centra en la precisión sobre cómo acreditar la entrega material en ausencia de escritura pública, exigiendo pruebas de la posesión efectiva para validar fechas de contratos privados.

Puntos de inflexión

  1. V0059-24

    Establece que el otorgamiento de escritura pública equivale a la entrega, salvo prueba en contrario de una entrega previa.

  2. V2593-24

    Precisa que la transmisión ocurre al poner el bien en poder y posesión del adquirente, exigiendo probar la entrega real mediante la ocupación o entrega de llaves si existe contrato privado.

Análisis basado en 9 de 9 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.

9 consultas

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