Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Los dividendos percibidos por socios personas físicas tributan como rendimientos del capital mobiliario sin exención alguna, tras la supresión del límite de 1.500 euros en 2015. Las aportaciones no dinerarias de inmuebles a la sociedad generan ganancias o pérdidas patrimoniales basadas en el valor de adquisición frente al mayor entre el valor nominal de las participaciones o el valor de mercado. En caso de vivienda habitual transmitida por mayores de 65 años, se mantiene la exención prevista en la LIRPF.
La secuencia no muestra una evolución doctrinal sobre un único concepto, sino que aborda materias diversas como la naturaleza de los rendimientos, la aplicación de exenciones y la valoración de aportaciones. Se observa una consistencia en la calificación de rendimientos de socios como rendimientos del trabajo cuando no concurren requisitos de actividad económica. No hay cambios de criterio detectados, sino una dispersión temática en las consultas.
Análisis basado en 19 de 21 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.