Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La entrega de terrenos urbanizados está sujeta al IVA por el régimen general al convertir al propietario en empresario. El agricultor puede mantener su régimen especial para la actividad agrícola como sector diferenciado. En el IRPF, la venta de terrenos sin actividad de promoción se integra en la base del ahorro como ganancia o pérdida patrimonial.
La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a la aplicación de regímenes específicos según la naturaleza de la operación. Se observa una aplicación de la normativa vigente sobre tipos impositivos, como el 0% para productos naturales en operaciones de depósito, y la distinción entre la actividad agrícola y otras actividades empresariales como la urbanización.
Puntos de inflexión
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Aclara que en operaciones de depósito o comisión, el devengo ocurre cuando la cooperativa vende al tercero, aplicando el tipo del 0% para productos naturales si se cumplen los requisitos.
Análisis basado en 25 de 26 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.