Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para la exención, la entidad no debe tener por actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario, entendiendo actividad económica la ordenación de medios de producción y recursos humanos. El sujeto pasivo debe poseer al menos el 5% del capital individualmente o el 20% con su grupo de parentesco. Además, debe ejercer funciones de dirección y percibir una remuneración superior al 50% de sus rendimientos totales.
La posición de la DGT se mantiene constante en los requisitos de participación mínima y remuneración por funciones de dirección. Se ha mantenido la exigencia de que la entidad no gestione patrimonio mobiliario como actividad principal, precisando con el tiempo la naturaleza de la actividad económica y la afectación de activos.
Puntos de inflexión
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Establece que la gestión de patrimonio ocurre si más de la mitad del activo son valores o elementos no afectos durante más de 90 días.
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Precisa que en el arrendamiento de inmuebles se considera actividad económica si se emplea al menos a una persona con contrato laboral a jornada completa.
Análisis basado en 67 de 75 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.