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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre mutua colaboradora

19 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «mutua colaboradora», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 19 consultas · 2017–2025

Criterio vigente

Las prestaciones por incapacidad temporal se consideran rendimientos del trabajo, incluyendo el importe de las cotizaciones al RETA pagadas por la mutua colaboradora. Para los autónomos en estimación directa, dicho pago de cotizaciones es un gasto deducible para determinar el rendimiento neto. Las mutuas gozan de exención en el IAE por sus actividades dirigidas a sus fines, debiendo presentar modelos censales en lugar de declaraciones específicas.

La posición de la DGT es constante respecto a la naturaleza de las prestaciones como rendimientos del trabajo y la deducibilidad de las cotizaciones al RETA en estimación directa. No se observan cambios en este criterio desde 2021. La única novedad reciente es la precisión sobre la exención en el IAE y el tratamiento de los modelos censales.

Puntos de inflexión

  1. V2456-24

    Establece la exención absoluta en tributos locales (IAE) por actividades dirigidas a sus fines, aclarando que la presentación de modelos censales sustituye a las declaraciones específicas del impuesto.

Análisis basado en 17 de 19 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.

19 consultas

V1207-24 28 may 2024

Las cotizaciones al RETA asumidas por la mutua son deducibles como gasto en el IRPF

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
rendimientos del trabajoincapacidad temporalcotizaciones a la seguridad socialrendimiento netorégimen especial de trabajadores autónomos LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 17.2.a)1ªLIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 19.2.a)
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