Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La transmisión de la licencia de taxi genera una ganancia o pérdida patrimonial por la diferencia entre el valor de transmisión y el valor contable. Para aplicar la reducción por transmisión de activos intangibles, el contribuyente debe tributar por estimación objetiva y la venta debe motivarse por jubilación, incapacidad permanente, cese por reestructuración del sector o transmisión a familiares hasta segundo grado. No se aplica la reducción si el titular continúa ejerciendo la actividad tras la jubilación.
La posición de la DGT se mantiene constante en cuanto a los requisitos para la reducción de la ganancia patrimonial. Se ha reiterado que la transmisión debe estar motivada por causas específicas y que el titular no puede seguir ejerciendo la actividad. No se observan cambios en el criterio de aplicación de la reducción a lo largo de las consultas.
Puntos de inflexión
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Establece que la transferencia de la licencia es una prestación de servicios sujeta a IVA. Determina que no aplica la no sujeción por transmisión de patrimonio empresarial porque la licencia no es una unidad económica autónoma.
Análisis basado en 18 de 18 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.