Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las indemnizaciones por despido derivadas de ERE con periodo de consultas anterior al 1 de agosto de 2014 se limitan a una exención de 45 días de salario por año de servicio, con un máximo de 42 mensualidades. El exceso sobre esta cuantía tributa como rendimiento del trabajo y puede aplicar la reducción del 30% si el periodo de generación es superior a dos años. Las resoluciones que amplían un ERE sin cambios sustanciales se consideran prórrogas del expediente inicial y mantienen esta normativa.
La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación de la normativa transitoria para ERE con periodos de consulta anteriores a agosto de 2014. Se ha precisado que las ampliaciones de estos expedientes no cambian el régimen aplicable, considerándose una prórroga del expediente original. El criterio sobre el cálculo del fraccionamiento para la reducción del 30% se ha mantenido sin variaciones sustanciales.
Puntos de inflexión
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Establece que las resoluciones complementarias que amplían un ERE sin modificaciones sustanciales se consideran una prórroga del expediente inicial, aplicando la normativa del original.
Análisis basado en 20 de 21 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.