Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La exención del IVA en servicios de formación requiere que las materias impartidas estén incluidas en un plan de estudios del sistema educativo, determinado por el Ministerio de Educación o la comunidad autónoma. Esta condición se mantiene incluso si la formación es eminentemente práctica o se desarrolla en instalaciones clínicas. En caso de aplicarse la exención, no existe derecho a la deducción de las cuotas soportadas.
La posición de la DGT sobre la condición de entidad de derecho público y sus beneficios fiscales no muestra una evolución doctrinal coherente en la secuencia, ya que las consultas versan sobre materias distintas (Impuesto sobre Sociedades, Convenios, IVA y medidas COVID-19). No existe un hilo conductor que permita establecer un cambio de criterio sobre la definición de entidad de derecho público.
Análisis basado en 49 de 51 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.