Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las indemnizaciones por responsabilidad civil por daños personales están exentas de IRPF si su cuantía es legal o judicialmente reconocida, incluyendo los acuerdos mediante acta de conciliación con intervención de la Letrada de la Administración de Justicia. Por otro lado, las primas de seguros de accidente laboral o responsabilidad civil pagadas por la empresa no son rendimientos en especie si cubren exclusivamente dichos riesgos. El concepto de accidente de trabajo para estas exenciones incluye la enfermedad profesional, salvo exclusión expresa en el contrato.
La DGT mantiene una distinción clara entre la exención de indemnizaciones por daños personales y la tributación de los recargos sobre prestaciones. La posición sobre las primas de seguros de accidentes no constituye renta en especie se ha mantenido constante, precisando que la enfermedad profesional queda integrada en el concepto de accidente de trabajo. Finalmente, se ha ampliado la interpretación de la cuantía judicialmente reconocida para incluir los acuerdos de conciliación.
Puntos de inflexión
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Aclara que la cuantía judicialmente reconocida para la exención de daños personales incluye las fórmulas intermedias con intervención judicial, como el acta de conciliación.
Análisis basado en 8 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 2 de octubre de 2026.