Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las donaciones a entidades acogidas a la Ley 49/2002 permiten aplicar deducciones en la cuota del Impuesto sobre Sociedades, con una base limitada al 10% de la base imponible. En el caso de donaciones de terrenos, la diferencia entre el valor de mercado y el valor fiscal constituye una renta exenta si se realiza a favor de Entidades Locales. La donación no se considera un gasto deducible, sino que genera el derecho a la deducción en la cuota.
La posición de la DGT sobre deducciones en la cuota no muestra una evolución doctrinal única, ya que las consultas tratan supuestos heterogéneos como familias numerosas, gastos domésticos o donaciones. En lo relativo a la Ley 49/2002, la DGT mantiene la coherencia al distinguir entre la naturaleza de la donación y el derecho a la deducción en la cuota.
Análisis basado en 12 de 14 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.