Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las entidades obligadas a retener deben practicar la retención del 19% sobre los rendimientos del arrendamiento de inmuebles urbanos cuando satisfagan las rentas. Esta obligación persiste incluso si la renta no consta en la factura o si el pagador ejerce actividades económicas. No se aplican las exoneraciones del Reglamento del IRPF para el arrendamiento de vivienda por parte de empresas a sus empleados.
La posición de la DGT se mantiene constante en cuanto a la obligación de retener sobre los rendimientos del arrendamiento de inmuebles urbanos. A lo largo de las consultas, se ha reafirmado que las entidades deben aplicar la retención del 19% y se ha precisado la inaplicabilidad de exoneraciones específicas para empresas. La doctrina no presenta cambios de fondo, sino una aplicación reiterada de la normativa de retenciones.
Puntos de inflexión
-
Se clarifica que no se aplica la exoneración de arrendamiento de vivienda por empresas para sus empleados, al ser la norma restrictiva.
Análisis basado en 8 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.