Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La competencia para liquidar el Impuesto sobre Sucesiones corresponde a la Comunidad Autónoma donde el causante tuviera su residencia habitual a la fecha del devengo. Esta residencia se determina por el lugar donde la persona haya permanecido durante el mayor número de días en el periodo de cinco años inmediatos anteriores al fallecimiento. La acreditación de dicha permanencia es una cuestión de hecho que debe probarse mediante medios válidos en Derecho.
La posición de la DGT se mantiene constante en la determinación de la residencia habitual del causante mediante el criterio de permanencia mayoritaria en un periodo de cinco años. Las consultas recientes mantienen este criterio y añaden la necesidad de probar dicha permanencia mediante medios válidos en Derecho.
Puntos de inflexión
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Establece que la acreditación de la permanencia para determinar la residencia habitual es una cuestión de hecho que debe probarse mediante medios válidos en Derecho.
Análisis basado en 11 de 11 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.