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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre adquirente

16 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «adquirente», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 16 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

Para la exención de IVA en entregas intracomunitarias, el adquirente debe ser empresario o profesional identificado con NIF de otro Estado miembro. El transporte debe acreditarse mediante cualquier medio de prueba admitido en derecho, pudiendo utilizarse las presunciones iuris tantum del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 282/2011. En operaciones de construcción, si el adquirente contrata directamente con el constructor sin mediación del promotor, las obras tributan al tipo general del 21%.

La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a los requisitos de la condición del adquirente para la exención de IVA. Se observa una evolución hacia la precisión técnica sobre la acreditación del transporte, integrando las presunciones del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 282/2011. En materia de obras, se confirma la aplicación del tipo general cuando el adquirente actúa de forma directa frente al constructor.

Puntos de inflexión

  1. V2582-23

    Precisa que el transporte puede justificarse mediante las presunciones iuris tantum del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 282/2011 si se poseen documentos de partes independientes.

Análisis basado en 16 de 16 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.

16 consultas

V0411-23 23 feb 2023

El fabricante de envases puede deducir el impuesto pagado por envases devueltos para su destrucción

SG de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior y sobre el Medio Ambiente
impuesto especial sobre envases de plástico no reutilizablesminoración de cuotasdevolución para destrucciónreincorporación al proceso de fabricacióncontribuyente Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circularLGT — Ley 58/2003 General Tributaria art. 89.1
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