Estrategia
M&A, mercados de capitales y asesoramiento estratégico para operaciones transformadoras.
Ver todo EstrategiaSalas de datos y operaciones. El análisis y la recomendación los firman las personas del equipo.
Descubrir BMC One Strategy Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Fiscal
Estructuración, planificación y cumplimiento fiscal multijurisdiccional.
Ver todo FiscalModelo 720 y 721
Plazo del 1 de enero al 31 de marzoModelo 720 y 721
El plazo termina el 31 de marzoHacienda, plazos y apoderamientos. Nuestro equipo prepara, presenta y responde.
Descubrir BMC One Tax Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Legal
Asesoramiento jurídico integral para proteger e impulsar sus intereses empresariales.
Ver todo LegalFirma, expedientes y plazos. Un equipo de BMC lleva cada asunto, con asesoría jurídica propia en lo legal; en BMC One ve sus fases y el estado de cada una.
Descubrir BMC One Legal Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Operaciones
Finanzas, personas y gobernanza externalizados para que se centre en crecer.
Ver todo OperacionesContabilidad, facturas, extractos bancarios y nómina. Nuestro equipo contabiliza, calcula y presenta.
Descubrir BMC One Business Services Entrar en BMC OnePrimera reunión gratuitaPor videollamada
Guías nuevas sobre los cambios fiscales y de extranjería más recientes.
Análisis experto y tendencias del mercado.
Análisis periódicos y documentos técnicos
Herramientas prácticas para la toma de decisiones.
Todo lo que hace BMC One
Cada capacidad lleva a su área. Parcial: funciona una parte; el detalle, en la página del área.
Pruebe con
Business Services
Tax
Legal
Seguridad
Nada con «». Pruebe con «IVA», «nóminas» o «firma».
Por área
Business ServicesOperaciones
Su empresa, al día en un solo sitio
Nuestro equipo contabiliza, calcula y presenta.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Cuántos trabajadores activos tenemos y con qué convenio y tipo de contrato?
Da de alta a estos tres trabajadores con su DNI, número de Seguridad Social y fecha de inicioQuedan en BMC One; a la Seguridad Social no se comunica nada.
TaxFiscal
Cada plazo de Hacienda, a la vista
Nuestro equipo prepara, presenta y responde.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Qué modelos nos tocan este trimestre y cuáles están ya presentados?
Cambia el domicilio fiscal de la ficha a Calle Muestra 5, MadridCambia la ficha en BMC One; ante la AEAT no cambia nada.
Legal
Cada fase, con su estado y su fecha
Un equipo de BMC lleva cada asunto, con asesoría jurídica propia en lo legal; en BMC One ve sus fases y el estado de cada una.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
¿Qué documentos siguen pendientes de firma y quién falta por firmar?
Prepara un sobre para que Lucía Prueba firme este contrato en la última páginaQueda en borrador. Enviarlo es una acción crítica: solo con el rol Personalizado.
StrategyEstrategia
La operación entera en un expediente
El análisis y la recomendación los firman las personas del equipo.
Pídaselo a su asistenteEjemplos
Busca lo que BMC nos ha escrito sobre la ampliación de capital
¿Cómo están las obligaciones fiscales de todas las sociedades del grupo y cuál tiene faltas?Con un acceso de grupo.
En todas las áreas
ConexionesAPI, MCP y webhooks
Funciona con cualquier asistente que admita conectores MCP remotos con inicio de sesión OAuth; por ejemplo, Claude, con el que lo hemos probado, o ChatGPT Business, Enterprise y Edu, documentado.
Con token, también Gemini CLI, Cursor, n8n, Make o Zapier; y por API y webhooks firmados, sus propios sistemas.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Solo con el rol Personalizado, elegido permiso a permiso.
API y MCPConecte su IAIntegracionesAdministraciones públicas
Seguridad
Un acceso propio y acotado, nunca su sesión
BMC One, su base de datos y sus documentos están en servidores dedicados en Alemania. La base de datos no está expuesta a internet.
Ningún asistente presenta ante la AEAT, mueve dinero ni firma por usted.
Ilustración de lo que se elige al autorizar un acceso. Datos ficticios.
Declaraciones
DeclaracionesModelos 720, 721 y 210
Declaraciones para inversores y extranjeros
Bienes en el extranjero, criptomonedas y rentas de no residentes, en dos niveles: Plataforma y Con asesor.
El entorno de cliente de BMC, incluido en su servicio: no se contrata aparte.
Una sociedad consultante pregunta sobre su situación tras fusionarse con otras dos mediante la creación de una nueva entidad. La DGT responde que la nueva sociedad, al ser sucesora universal, debe cumplir con las obligaciones tributarias pendientes de las entidades que se han extinguido.
El obligado tributario manifiesta:
La entidad de nueva creación resultante de la fusión debe cumplir las obligaciones tributarias pendientes de las entidades fusionadas una vez producida la extinción sin liquidación de las mismas. Al producirse una sucesión a título universal, se transmiten a la entidad adquirente los derechos y obligaciones tributarias de la entidad transmitente. Asimismo, la entidad adquirente asumirá el cumplimiento de los requisitos para continuar aplicando los beneficios fiscales.
Esta consulta establece criterio vinculante para supuestos similares. A continuación, el impacto específico por perfil de contribuyente.
SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Consultas Vinculantes Documento 1 de 1 Documento seleccionado Nº de consulta V3230-20 Órgano SG de Tributos Fecha salida 28/10/2020 Normativa Ley 58/2003, art. 35 Descripción de hechos La sociedad mercantil consultante surge de la integración de dos sociedades mercantiles por la realización de una fusión por creación de nueva sociedad. Las dos sociedades se extinguen, vía disolución sin liquidación, y transmiten en bloque todo su patrimonio a la nueva sociedad que adquiere por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones de las sociedades extinguidas. Cuestión planteada El obligado tributario manifiesta: Que tiene dudas sobre la interpretación y aplicación de la normativa existente, concretamente en la confección de las declaración Resumen anual de IVA (modelo 390), la declaración del Impuesto de Sociedades (modelo 200), la declaración anual de operaciones con terceras personas (modelo 347), y declaración Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta, rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premio y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta (modelo 190) correspondientes a la nueva entidad a consecuencia de la fusión por creación de nueva sociedad según consta en la escritura pública de fusión. En el cumplimiento de las obligaciones tributarias y a efectos de confeccionar las distintas declaraciones enumeradas anteriormente, desea saber si debe presentar una única declaración en la que se deben incluir los datos económicos de las sociedades extinguidas y la nueva entidad o, bien por el contrario, cada una de las sociedades extinguidas deberán presentar sus declaraciones hasta la fecha de extinción y la nueva sociedad las declaraciones desde el inicio de su actividad. Contestación completa Primero - Con carácter previo hay que señalar que a la hora de elaborar la presente respuesta se parte de la manifestación del consultante que se ha producido los efectos de la fusión produciendo la extinción de la personalidad jurídica de las sociedades absorbidas y la constitución y adquisición de personalidad jurídica de la sociedad constituida a raíz de la fusión. En este sentido, este Centro Directivo no valora los efectos mercantiles de la fusión manifestados por el obligado tributario, en la medida en que dentro del ámbito de las competencias de este Centro Directivo no se encuentra la de valorar el análisis de los elementos fácticos o jurídicos relativos al cumplimiento de la normativa mercantil relativa a la fusión. Segundo.- Respecto del concepto de obligado tributario, cabe recordar que el artículo 35.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE de 18), en adelante LGT, señala que: “1. Son obligados tributarios las personas físicas o jurídicas y las entidades a las que la normativa tributaria impone el cumplimiento de obligaciones tributarias.”. Asimismo, el artículo 44 de la LGT dispone que: “Tendrán capacidad de obrar en el orden tributario, además de las personas que la tengan conforme a derecho, los menores de edad y los incapacitados en las relaciones tributarias derivadas de las actividades cuyo ejercicio les esté permitido por el ordenamiento jurídico sin asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela, curatela o defensa judicial. Se exceptúa el supuesto de los menores incapacitados cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y defensa de los derechos e intereses de que se trate.”. Conforme con lo anterior, una vez que la entidad resultante de la fusión adquiera la consideración de obligado tributario deberá cumplir con las correspondientes obligaciones formales y materiales de las cuales sea titular que surjan a partir de dicho momento. Tercero.- En lo que respeta a las obligaciones tributarias que quedaran pendientes de las entidades extinguidas y fusionadas, el artículo 40 de la LGT dispone que: “ (…) 3. En los supuestos de extinción o disolución sin liquidación de sociedades y entidades con personalidad jurídica, las obligaciones tributarias pendientes de las mismas se transmitirán a las personas o entidades que sucedan o que sean beneficiarias de la correspondiente operación. Esta norma también será aplicable a cualquier supuesto de cesión global del activo y pasivo de una sociedad y entidad con personalidad jurídica. (…) 5. Las sanciones que pudieran proceder por las infracciones cometidas por las sociedades y entidades a las que se refiere este artículo serán exigibles a los sucesores de las mismas, en los términos establecidos en los apartados anteriores y, en su caso, hasta el límite del valor determinado conforme a lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo.”. Asimismo, el artículo 84.1 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (BOE de 28) “1. Cuando las operaciones mencionadas en el artículo 76 u 87 de esta Ley determinen una sucesión a título universal, se transmitirán a la entidad adquirente los derechos y obligaciones tributarias de la entidad transmitente. Cuando la sucesión no sea a título universal, se transmitirán a la entidad adquirente los derechos y obligaciones tributarias que se refieran a los bienes y derechos transmitidos. La entidad adquirente asumirá el cumplimiento de los requisitos necesarios para continuar aplicando los beneficios fiscales o consolidar los aplicados por la entidad transmitente.”. A la vista de lo anterior, la entidad de nueva creación resultante de la fusión deberá cumplir las obligaciones tributarias pendientes de las entidades fusionadas una vez producida la extinción sin liquidación de las mismas en tanto que sucesora de las mismas. Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Respuesta por correo · sin compromiso