La Secretaría General de Pesca establece las condiciones para la campaña de atún rojo 2026 de la flota de buques artesanales en el Estrecho (lista h). Se fija un límite de captura de 1.692 kilos por buque activo (Primero) y se establece un periodo de pesca de cuatro meses, ampliable a uno adicional bajo justificación (Quinto). La norma incluye mecanismos de control para evitar la sobrepesca, permitiendo cierres preventivos al alcanzar el 85% de la cuota (Sexto) y deducciones en la cuota de 2027 en caso de sobrepasamiento (Séptimo).
Para los armadores y propietarios de buques de la lista h, la norma impone un control estricto de la captura con riesgo de deducción de cuota para el año 2027 si se sobrepasa el límite (Séptimo). La actividad queda restringida durante fines de semana y festivos nacionales o autonómicos para asegurar el control del consumo (Quinto). Los buques que opten por gestión conjunta deberán asumir que cualquier exceso se deducirá proporcionalmente a cada integrante (Séptimo).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Solicitar ampliación de un mes al periodo de pesca si se requiere por causas justificadas | Quinto | Inmediatamente posterior al periodo inicial |
| Interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación si se impugna la resolución | Noveno | 1 mes |
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