El Real Decreto 174/2026 establece el traspaso de la gestión de prestaciones familiares no contributivas y del subsidio por nacimiento y cuidado de menor a la Comunidad Autónoma del País Vasco, conforme a lo previsto en el Real Decreto 2339/1980 y la disposición transitoria 2 del Estatuto. Este cambio afecta a los medios personales asignados a esta gestión, y se aplica a las empresas con trabajadores en el territorio vasco, con un plazo de 6 meses para completar la transición desde la fecha de entrada en vigor.
Aplica a este perfil
art. 3
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Para las empresas con trabajadores en el País Vasco, se traslada la gestión de prestaciones familiares a la Comunidad Autónoma, lo que implica cambios en los procesos administrativos y en la coordinación con servicios locales. Los trabajadores y familias podrán acceder a servicios más cercanos. Los asesores deben actualizar sus procedimientos y verificar el plazo de adaptación. Las administraciones regionales asumen responsabilidades adicionales en la gestión de estas prestaciones.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar si se aplican las condiciones de traspaso en el territorio vasco | art. 3 | 6 meses desde la entrada en vigor |
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