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BOE-A-2026-22425 ·26 de octubre de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Trabajadores del Colectivo I+D de Telefónica: aplicación del Convenio de Unidades Globales desde el 1 de octubre de 2026

Se registra el acuerdo de modificación del Convenio colectivo de Unidades Globales de Telefónica en España para integrar al denominado «Colectivo I+D» (art. 1ª). Este colectivo está formado por trabajadores subrogados de Telefónica Investigación y Desarrollo, SAU a Telefónica Innovación Digital, SLU (art. 1ª). El acuerdo establece la transición del convenio estatal de ingeniería al Convenio de Unidades Globales, con efectos generales desde el 1 de octubre de 2026 (art. 2ª y 15ª).

En 3 claves

  1. Aplicación del Convenio de Unidades Globales desde el 1 de octubre de 2026 (art. 2ª y 15ª). (art. 2ª)
  2. Efectos económicos de la regularización de antigüedad y plan de pensiones desde el 1 de enero de 2027 (art. 2ª). (art. 2ª)
  3. Mantenimiento de condiciones de 'Gestión de viajes' hasta el 31 de diciembre de 2030 (art. 13ª). (art. 13ª)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Aplica a este perfil

  • Telefónica Innovación Digital, SLU (antes Telefónica Digital España, SLU)

art. 1ª

Cómo afecta a los implicados

Para el Colectivo I+D (trabajadores subrogados de I+D a Telefónica Innovación Digital), el cambio supone la sustitución del convenio de ingeniería por el de Unidades Globales (art. 15ª). En términos económicos, la regularización de la antigüedad y del plan de pensiones tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2027 (art. 2ª). Se establece un límite temporal para ciertas condiciones, como la gestión de viajes, que se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2030 (art. 13ª).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar el Convenio Colectivo de Unidades Globales al Colectivo I+D art. 15ª desde el 1 de octubre de 2026
Calcular la regularización de antigüedad y compensación económica art. 3ª con referencia al 1 de enero de 2027

Línea de vida

2026-10-26PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BMC.
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