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BOE-A-2026-22079 ·23 de octubre de 2026 ·Real Decreto Impacto medio
Mercantil

Empresas industriales y mineras: nuevas reglas de aplicación para los reglamentos europeos de materias primas y tecnologías de cero emisiones

El Real Decreto 845/2026 establece el marco nacional para aplicar los Reglamentos de la UE sobre Materias Primas Fundamentales (CRMA) y Tecnologías de Cero Emisiones Netas (NZIA). La norma regula la coordinación entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas para la gestión de proyectos estratégicos, la designación de puntos de contacto únicos y la creación de valles de aceleración y espacios de pruebas (capítulo I y II). Busca integrar estas directrices europeas con la Ley de Minas y la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular.

En 3 claves

  1. Las Comunidades Autónomas y Ceuta y Melilla designarán puntos de contacto únicos para proyectos de materias primas fundamentales (sección 1.ª del capítulo I). (sección 1.ª del capítulo I)
  2. Se crean valles de aceleración y espacios controlados de pruebas de cero emisiones netas bajo un marco de competencias definido (art. 19 y 20). (art. 19 y 20)
  3. La Secretaría de Estado de Industria ejercerá funciones de coordinación para la declaración de proyectos estratégicos (art. 23). (art. 23)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas involucradas en la cadena de valor de materias primas fundamentales o tecnologías de cero emisiones

Aplica a este perfil

  • Actividades relacionadas con el sector minero o de fabricación de tecnologías de cero emisiones

Aplica a este perfil

  • Empresas con proyectos estratégicos de materias primas fundamentales (CRMA)
  • Empresas en valles de aceleración de cero emisiones netas (NZIA)

art. 19

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas del sector industrial y minero, la norma define la estructura de competencias y los puntos de contacto para proyectos de materias primas fundamentales y tecnologías de cero emisiones (capítulo I y II). Las Comunidades Autónomas deberán designar puntos de contacto únicos para proyectos de materias primas (sección 1.ª del capítulo I). Las empresas que operen en valles de aceleración o espacios de pruebas de cero emisiones netas estarán sujetas a un marco de coordinación administrativa específico para garantizar la coherencia con el ordenamiento jurídico español (art. 19 y 20).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Identificar el punto de contacto único en la Comunidad Autónoma correspondiente para proyectos de materias primas sección 1.ª del capítulo I
Alinear los instrumentos estratégicos de economía circular con los nuevos programas nacionales disposición adicional primera

Línea de vida

2026-10-23PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BMC.
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