Ir al contenido
BOE-A-2026-21427 ·14 de octubre de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Sector pastas, papel y cartón: nuevo convenio colectivo estatal vigente desde el 1 de enero de 2026

Se registra y publica el Convenio colectivo estatal del sector de pastas, papel y cartón para el periodo 2026-2028. El acuerdo obliga a todas las empresas de fabricación de pastas, papel y cartón en todo el territorio nacional (art. 1.1 y 1.2). El convenio tiene efectos retroactivos al 1 de enero de 2026, aunque la aplicación económica puede demorarse hasta 3 meses tras la firma (art. 1.4).

En 3 claves

  1. Vigencia del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2028, art. 1.4 (art. 1.4)
  2. Efectos retroactivos al 1 de enero de 2026, art. 1.4 (art. 1.4)
  3. La aplicación económica puede realizarse transcurridos 3 meses desde la firma, art. 1.4 (art. 1.4)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas dedicadas a la fabricación de pastas, papel y cartón

art. 1.1

Aplica a este perfil

  • Autónomos que operen en el sector de fabricación de pastas, papel y cartón

art. 1.1

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector de pastas, papel y cartón

art. 1.1

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas del sector, el convenio establece un marco regulador de aplicación nacional que incluye la presunción de contratos indefinidos y la obligatoriedad de formalizar por escrito ciertos tipos de contratos (art. 1.4 y 1.5). Los trabajadores del sector quedan sujetos a las condiciones pactadas, con la excepción de las explotaciones forestales (art. 1.3). Se excluye de las condiciones retributivas específicas a los grupos profesionales 11 al 14, aunque se les garantiza el salario mínimo del convenio (art. 1.3).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar las condiciones salariales y laborales del nuevo convenio art. 1 retroactivo al 1 de enero de 2026
Formalizar por escrito contratos de formación, parciales, fijos-discontinuos o de duración determinada superior a dos semanas art. 1.5

Línea de vida

2026-10-14PublicacionPublicación en el BOE
2026-01-01Entra en vigorEntrada en vigor (art. 1.4)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo laboral revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo laboral
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BMC.

Aplicarlo a un caso real

Lo que aquí se publica, aplicado a una empresa o a un caso concreto. La primera reunión es gratuita.

Email
Contacto