Se registra y publica el Convenio colectivo estatal del sector de pastas, papel y cartón para el periodo 2026-2028. El acuerdo obliga a todas las empresas de fabricación de pastas, papel y cartón en todo el territorio nacional (art. 1.1 y 1.2). El convenio tiene efectos retroactivos al 1 de enero de 2026, aunque la aplicación económica puede demorarse hasta 3 meses tras la firma (art. 1.4).
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Para las empresas del sector, el convenio establece un marco regulador de aplicación nacional que incluye la presunción de contratos indefinidos y la obligatoriedad de formalizar por escrito ciertos tipos de contratos (art. 1.4 y 1.5). Los trabajadores del sector quedan sujetos a las condiciones pactadas, con la excepción de las explotaciones forestales (art. 1.3). Se excluye de las condiciones retributivas específicas a los grupos profesionales 11 al 14, aunque se les garantiza el salario mínimo del convenio (art. 1.3).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar las condiciones salariales y laborales del nuevo convenio | art. 1 | retroactivo al 1 de enero de 2026 |
| Formalizar por escrito contratos de formación, parciales, fijos-discontinuos o de duración determinada superior a dos semanas | art. 1.5 |
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