Esta Orden establece el módulo de distribución del crédito de los Presupuestos Generales del Estado (prorrogados para 2026) destinado a subvencionar los gastos de funcionamiento de las Oficinas de Justicia en los municipios (Anexo, Primero). La cuantía se determina mediante tramos basados en la población de derecho, oscilando entre 310 EUR para municipios de hasta 499 habitantes y 2.340 EUR para municipios de 7.000 o más (Anexo, Primero).
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Los Ayuntamientos de Baleares, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura y Murcia percibirán estas cuantías según su población (Anexo, Tercero). En caso de existir Agrupaciones de Secretarías, los municipios integrantes recibirán el 50% de la cuantía correspondiente, mientras que el 50% restante se asignará a los municipios que actúen como sedes de dichas agrupaciones (Anexo, Segundo).
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