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BOE-A-2026-16661 ·31 de julio de 2026 ·Real Decreto Impacto alto
Administrativo

Titulares de redes de transporte y distribución: nuevas reglas para la presentación y aprobación de planes de inversión

En 3 claves

  1. Límite de inversión en transporte fijado en el 0,065% del PIB (art. 34 Ley 24/2013). (art. 34 Ley 24/2013)
  2. Límite de inversión en distribución fijado en el 0,13% del PIB (art. 40 Ley 24/2013). (art. 40 Ley 24/2013)
  3. Plazo de presentación de planes de inversión: antes del 1 de mayo de cada año (art. 34 y 40 Ley 24/2013). (art. 34 y 40 Ley 24/2013)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Titulares de la red de transporte de energía eléctrica
  • Empresas distribuidoras de energía eléctrica

art. 34 y 40 Ley 24/2013

Cómo afecta a los implicados

Para los titulares de redes de transporte, la norma mantiene la obligación de presentar planes antes del 1 de mayo, con límites de inversión históricamente fijados en el 0,065% del PIB (art. 34 Ley 24/2013). Para las empresas distribuidoras, la presentación debe realizarse ante el Ministerio y las comunidades autónomas antes de la misma fecha, con límites de inversión del 0,13% del PIB (art. 40 Ley 24/2013). El cambio busca transitar desde los límites excepcionales del trienio 2020-2022 (0,075% transporte y 0,14% distribución del PIB) hacia un nuevo modelo de regulación de inversiones.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Presentar planes de inversión anuales y plurianuales ante el Ministerio y comunidades autónomas art. 34 y 40 Ley 24/2013 antes del 1 de mayo de cada año

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la fecha límite para presentar los planes de inversión?
Los planes de inversión anuales y plurianuales deben presentarse antes del 1 de mayo de cada año (art. 34 y 40 Ley 24/2013).
¿Qué porcentaje del PIB se aplica como límite de inversión en distribución?
El límite para la actividad de distribución se establece en el 0,13 por ciento del PIB (art. 40 Ley 24/2013).
¿A quién deben presentarse los planes de las empresas distribuidoras?
Deben presentarse al Ministerio para la Transición Ecológica y al Reto Demográfico y a las respectivas comunidades autónomas o ciudades de Ceuta y Melilla (art. 40 Ley 24/2013).

Línea de vida

2026-07-31PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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