La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública analiza un recurso contra la negativa de inscripción de una escritura de elevación a público de acuerdos de liquidación de una sociedad (Inmobiliaria Calvo e Hijos, SA). La recurrente impugna la calificación de la registradora que suspende la inscripción por exigir una consignación dineraria total, alegando que se cumple con el artículo 395 de la LSC mediante consignación parcial y valores de Catastro. Asimismo, se cuestiona la omisión de pronunciamiento sobre la inscripción parcial de los acuerdos de los socios conformes, conforme al artículo 63 del RRM.
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Para las sociedades en proceso de liquidación, la resolución pone de relieve la posibilidad de solicitar la inscripción parcial de los acuerdos (art. 63 RRM) cuando la totalidad del título sea rechazado, evitando el bloqueo completo del registro. Los socios disidentes podrían ver su haber puesto a disposición mediante contravalor verificado (Catastro) y consignación fiduciaria parcial, en lugar de la exigencia de una consignación dineraria total que la sociedad considera excesiva (art. 395 LSC).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Solicitar expresamente la inscripción parcial de los acuerdos en caso de calificación negativa total | art. 63 RRM |
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