Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para acceder a la estimación objetiva en 2026, se deben verificar los límites de rendimientos íntegros y volumen de compras de 2025. Los límites vigentes son 250.000 euros para rendimientos íntegros y 250.000 euros para compras en bienes y servicios. En el ejercicio de inicio de actividad, el contribuyente puede aplicar el método sin importar sus volúmenes, pero deberá anualizar los resultados del primer año para comprobar el cumplimiento en el ejercicio siguiente.
La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a la mecánica de control de límites basada en el año anterior. La evolución muestra una transición desde la aplicación de criterios de imputación temporal (devengo o caja) hacia la clarificación de la continuidad de los límites tras cambios normativos. No se observan giros doctrinales, sino precisiones sobre el cómputo de rendimientos y la situación en el inicio de actividad.
Puntos de inflexión
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Precisa que el cómputo de rendimientos y compras debe seguir el criterio de imputación temporal del contribuyente, ya sea devengo o caja.
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Establece que en el inicio de actividad se puede aplicar el método sin importar los volúmenes, con la obligación de anualizar resultados para el año siguiente.
Análisis basado en 10 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.